Los reconocimientos extraordinarios se realizarán.
– A requerimiento de un auto judicial.
– Por resolución motivada de la Dirección General de la Marina Mercante (D.G.M.M.), cuando se tenga conocimiento fundado de hechos que puedan poner en peligro la seguridad marítima, así como para prevenir la contaminación del medio ambiente marino.
– A requerimiento de las Capitanías Marítimas para las embarcaciones de recreo de matrícula extranjera que quieran realizar el arrendamiento náutico en España.
– A requerimiento de la Dirección General de la Marina Mercante (D.G.M.M.) para la expedición del Certificado de Navegabilidad.
– Para la inspección inicial necesaria para el abanderamiento en España de embarcaciones con el marcado CE.
Realizo las inspecciones extraordinarias en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, Gran Canaria, Tenerife, La Gomera, La Palma y El Hierro.