Equipos de seguridad

Todas las embarcaciones de recreo que sean matriculadas en España, así como a las embarcaciones de matrícula extranjera que realicen cualquier actividad  de arrendamiento náutico  en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, están obligadas a llevar a bordo los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y de prevención de vertidos que les corresponda en función de su Zona de navegación.

En la inspección, se comprueba la existencia de los equipos de seguridad , si estos son acordes con la zona de navegación, si han pasado las inspecciones periódicas y si la estiba de dichos elementos es correcta.

Como inspectores de LABCER en las Islas Canarias le informaremos  de los elementos de seguridad y salvamento que por su bien,  debe de llevar su embarcación.

El inclumpimiento de las obligaciones establecidas en esta Orden será sancionado  de acuerdo con la Ley de puertos del estado y de la Marina Mercante.