
Elaboración de la Tablilla de desvíos
Como compensador de agujas náuticas registrado con el Nº 642 en la Dirección General de la Marina Mercante, realizo las comprobaciones necesarias para la elaboración de la Tablilla de desvíos.
Las embarcaciones de recreo que naveguen en las zonas 1 y 2 deben disponer de la tablilla de desvíos;
En el caso de las embarcaciones en la lista Séptima tiene una validez de 5 años desde su emisión y en el de la lista Sexta, de dos años.
Del mismo modo, hay que realizar un nuevo certificado cuando se realizan cambios en la estructura
original de la embarcación que puedan alterar el funcionamiento de la aguja y cuando los datos de la
tablilla no se ajusten a la realidad por daños en el compás o por otros motivos. De conformidad con el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, «constituye una infracción administrativa grave el no disponer de la Tablilla de desvíos o no cumplir su misión cuando fuera obligatoria su tenencia a bordo de la embarcación de recreo»
Realizo la elaboración de la Tablilla de desvios en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, La Gomera, La Palma y El Hierro.